Alberto Abad y Emilio Basabilvaso
Denunciados penalmente a por la reparación histórica
Los directores de ANSES, Emilio Basavilbaso, y de AFIP, Alberto Abad, fueron acusados de violar los deberes de funcionarios públicos y
abuso de autoridad con la aplicación de la reparación histórica.
 La causa recayó en el Juzgado de Marcelo Martínez de Giorgi.
El abogado previsionalista Christian D’Alessandro presentó hoy un escrito en Comodoro Py porque el Gobierno nunca reestableció la moratoria jubilatoria para hombres de 65 años luego de la ley ómnibus votada en el Congreso el año pasado. No sucedió lo mismo para las mujeres, a quienes sí se les prorrogó.
La ley de reparación histórica daba un año de plazo adicional para que hombres
que no cumplieron con la totalidad de sus aportes se jubilen: “Para el caso de los hombres, restablécese la vigencia del artículo 6° de la ley 25.994 y el decreto
 1.454/05 por el término de un año, el cual puede ser prorrogable por un año
 más”. Sin embargo, la ANSES nunca lo cumplió.
De acuerdo a la denuncia, a la que accedió El Destape, la el ente previsional dictó la circular 4/17, y luego la 5/17 que la reemplaza, donde al transcribir textualmente el texto del artículo 22, en su punto 3 del apartado “aspectos normativos” omitió el último párrafo del artículo 22 “deliberadamente, en un claro incumplimiento de sus obligaciones como funcionarios públicos en una actitud claramente omisiva y dolosa”.
Si se hubiera aplicado la ley por moratoria, se podrían haber jubilado en 2016 y 2017 los hombres con 65 años que no cumplen la totalidad de aportes necesarios. Pero como nunca se reestableció la moratoria para los varones, deben acudir a la pensión universal por adulto mayor, que representa el 80% de la jubilación mínima (actualmente en $ 6.394).
Otra contra de este haber es su incompatibilidad con la pensión por
 fallecimiento, por lo que deben elegir entre un beneficio o el otro ante la
 defunción de su pareja. Ante esto, D’Alessandro criticó ante este medio
 que “la ANSES no permite el derecho jubilatorio, sino que brinda un derecho
 precario no contributivo”. “La ley indica que los varones adultos a quienes les
 da la edad y que tienen algunos aportes se pueden jubilar, no pensionar”,
 cuestionó.
Abad, de acuerdo a la denuncia, no preparó el aplicativo para permitir la
 operatoria de quienes quisieron tramitar la jubilación, explicó en el
expediente asignado al Juzgado Criminal y Correccional 5, al que acompañó
 de los documentos citados.